AAN Editors 10 February, 2015 Share Twitter + Facebook + Email + Derechos humanos y su lugar en las negociaciones climáticas La demanda de inclusión de los derechos humanos como nuevo “lenguaje” en el borrador (de la sección de general/ objetivos) del nuevo texto ADP que será negociado en Paris a finales de año, fue uno de los hechos que marcó la primera jornada de la ronda de negociaciones de Ginebra. Hoy algunos países invocaron nuevamente el término y propusieron su inclusión en el preámbulo. Estas propuestas, respaldada por varios grupos de países, entre los cuales se destaca la presencia de México, Bolivia y de los países latinoamericanos agrupados en AILAC, retoma las líneas de negociaciones ya establecidas 2010 en Cancún durante la COP16. Asimismo, demuestra la intención de (algunos) los Estados de hacer del acuerdo de París, un acuerdo ambicioso, integral e inclusivo para todos. En efecto, la incorporación de la noción de “derechos humanos” (y el por ende el respeto de los mismos) en el acuerdo climático de 2015 y en su posterior implementación, supone por un lado que los países son conscientes de que el cambio climático y sus consecuencias impactan directa o indirectamente a la persona humana y a sus condiciones de vida, sobre todo a aquellos que pertenecen a los sectores más vulnerables de la población ya sea por razones geográficas, género, edad o por pertenecer a grupos de condición indígenas; y, que las políticas adoptadas para hacer frente al mismo deberán tener en cuenta a los derechos fundamentales de la persona y tomarlos como punto un punto de referencia básico. Es necesario, sin embargo, tener presente que la inclusión de este término en el borrador del acuerdo podría generar algunos “bloqueos” en las negociaciones, por parte de algunos países pues la inclusión de los “derechos humanos” impone una “barra alta” en la implementación del acuerdo climático. Por otro lado, la potencial inclusión de la noción de derechos humanos en el texto del acuerdo de París 2015 representa una gran oportunidad para los países. Incluir este término entre los lineamientos generales del acuerdo implica que los países tendrán una nueva herramienta que les servirá de “palanca” en la lucha frente al cambio climático que les dará el impulso para buscar y promover soluciones innovadoras y diferentes que al mismo tiempo les permitirá promover y garantizar, por ejemplo, la igualdad de género, el derecho a la salud, el derecho al trabajo, la participación ciudadana, la educación, los derechos de las generaciones futuras, etc. En el caso de Latinoamérica, una región caracterizada por ser una de las más vulnerables a los impactos del cambio climático, por la presencia y congruencia de diferentes factores (cf. Supra), la inclusión de los derechos humanos como lineamiento de base en el texto de las negociaciones es sumamente importante para sus pobladores y pleno ejercicio de sus derechos. Esta afirmación, toma aún más significado sí consideramos que América Latina es una región con fuertes desigualdades sociales y económicas, las cuales en caso se vean combinadas o adicionadas por las consecuencias materiales producidas por los impactos del cambio climático pueden representar no sólo una gran amenaza para las condiciones de vida de los ciudadanos latinoamericanos y el desarrollo de la región, sino una verdadera y real causa de afectación de sus derechos. Los países latinoamericanos, AILCAC Méxicoco, han mostrado ser particularmente conscientes de estas circunstancias y han propuesto la inclusión de los derechos humanos no sólo en el preámbulo y la parte general del borrador del acuerdo, sino también en la parte referente a la adaptación. Esperamos que la inclusión del “lenguaje de derechos humanos” en el próximo acuerdo global frente al cambio climático, deje de ser una mera y simple posibilidad y se convierta en una realidad, y es más que su inclusión sea uno de los rasgos que marquen la diferencia en el acuerdo de París y hagan de él un hito histórico de las negociaciones climáticas. Ojalá, que el hecho de que esta propuesta haya sido gestada en Lima, durante una de las Conferencias de Partes con mayor participación de la Sociedad Civil, y, que haya visto la luz en Ginebra -cuna de los derechos humanos de la época contemporánea- sean señales de que será aprobada por los países en París (donde hace más de 66 años, el 10 de diciembre de 1948 se adoptó la Declaración Universal de los Derechos Humanos). Este es un articulo es de Miriam Carolina Somocurcio Holguín Un articulo de Miriam Carolina Somocurcio H SHARE THIS